El pasado 2 de julio se publicó el Decreto Promulgatorio del Convenio 189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, en el Diario Oficial de la Federación, el cual fue aprobado por la Cámara de Senadores el 12 de diciembre de 2019 y ratificado por el Ejecutivo Federal, el 31 de enero de 2020.
Posteriormente, el 3 de julio de 2020, fue depositado ante el director general de la Oficina Internacional del Trabajo; todo esto con una ceremonia que destacaba la “deuda histórica” que se tiene con más de 2.3 millones de personas que se dedican al trabajo doméstico. Según los datos recabados, 95 de cada 100 empleados en esta actividad son mujeres. La mayoría de ellas pertenece a los sectores más pobres de la sociedad.
El Convenio 189 refuerza los derechos fundamentales de las trabajadoras y los trabajadores domésticos. Este establece normas laborales mínimas para este sector. Aunque el Convenio promulgado estipula que los trabajadores pueden organizarse y movilizarse para influir en que se cambien las leyes para poder mejorar sus condiciones de trabajo y de vida, en la práctica sabemos que las movilizaciones y la consolidación de organizaciones de los trabajadores domésticos, se enfrentan a dificultades para concretarse debido a su dispersión.
Las normas que se aprobaron con este Convenio son:
- Promoción y protección de los derechos humanos de todas y todos los trabajadores domésticos.
- Respeto y protección de los principios y derechos fundamentales en el trabajo; libertad de asociación y reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva; la eliminación de trabajos forzosos; la abolición del trabajo infantil; eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.
- Protección efectiva contra todas las formas de abuso, acoso y violencia.
- Condiciones justas de empleo incluyendo vivienda digna.
- Las trabajadoras y los trabajadores domésticos deben ser informados de sus términos y condiciones de empleo de manera que sea fácilmente comprensible, a través de contrato escrito.
- Medidas que garanticen igualdad de trato entre trabajadores domésticos y trabajadores en general con respecto a las horas de trabajo, compensación por horas extras, períodos de descanso diario y semanal, y vacaciones pagadas anuales.
- Descanso semanal de al menos 24 horas consecutivas.
- Adoptar medidas para asegurar que los trabajadores domésticos se beneficien del régimen de salario mínimo, y que la remuneración se establezca sin discriminación por motivo de sexo.
- El pago de salario debe ser en efectivo; y en intervalos regulares de no más de un mes. El pago puede hacerse con un cheque o transferencia bancaria (cuando la ley o los convenios colectivos lo permitan o con el consentimiento del trabajador). El pago en especie está permitido bajo tres condiciones: si este pago es sólo una parte limitada de la remuneración total; si el valor monetario es razonable y concuerda con el valor del pago en efectivo y si los artículos o servicios entregados son un beneficio para las trabajadoras y los trabajadores. Esto significa que los uniformes y equipo de protección no son un pago en especie, son herramientas que el empleador debe proporcionar a los trabajadores, sin ningún costo, para que los trabajadores puedan desempeñar sus funciones.
- Los honorarios cobrados por las agencias privadas de empleo no pueden ser deducidos de la remuneración
- Todo trabajador tiene derecho a un trabajo seguro y un ambiente laboral saludable. Se debe poner en marcha medidas a fin de asegurar la seguridad y la salud de las trabajadoras y los trabajadores.
- Protección social, seguridad social, incluyendo prestaciones de maternidad. Las condiciones de las trabajadoras y los trabajadores domésticos no deben ser menos favorables que las aplicables a los trabajadores en general.
- Se deben de asegurar las condiciones de vida digna que respeten la privacidad de las trabajadoras y los trabajadores que vivan en la residencia de sus empleadores; no hay obligación de permanecer en el hogar o con sus miembros durante los períodos de descanso o permiso. Tienen total derecho de mantener sus documentos de identidad y de viaje en su posesión
- Se deberá fijar una edad mínima para los trabajadores domésticos compatible con las disposiciones del Convenio sobre la edad mínima. Se debe asegurar la educación obligatoria y las oportunidades para continuar sus estudios o adquirir formación profesional en las trabajadoras y los trabajadores domésticos mayores de 15 años pero menores de 18 años de edad.
- Las y los trabajadores domésticos deben contar con el acceso efectivo a tribunales u otros mecanismos de solución de conflictos.
Si bien este convenio detalla un gran número de normas y reglas a seguir; e preocupante la falta de voluntad de los empleadores para poder ponerlas en práctica.
El trabajo doméstico se caracteriza por tener condiciones de trabajo inadecuadas, jornadas laborales extensas, bajos salarios, trabajo forzoso y casi siempre nula protección social. Los ingresos que perciben los trabajadores domésticos son de un salario mínimo o menos; de éstos 34.5% de las mujeres y 16.3% perciben este salario.
El trabajo doméstico en México y América Latina se remonta a la época colonial y constituye uno de los muchos legados de la herencia hispana. Durante esa época, servir (trabajar) en la vida doméstica; se pagaba con techo y alimentación. El grado de control del amo sobre el sirviente y la nula autonomía de este último; suponen un control que sólo puede ejercerse mediante un discurso ideológico bien estructurado que justifique la dominación de un hombre sobre otro ser humano. El trabajo doméstico comparte orígenes con la esclavitud y la trata de personas. Y a lo largo de la historia hemos sido testigos de cómo la burguesía ha utilizado estos discursos y ha promulgado leyes que los beneficien, utilizado al Estado para mantener el orden establecido por ellos; creando así una división de clases; en la que se sitúan por encima de la clase trabajadora; todo esto, para perpetuar sus privilegios. El componente étnico desempeñó un papel esencial, determinando la relación entre la colonia y el trabajo doméstico; esta tarea doméstica situó a los nativos en el más bajo estatus, carente de los lazos de protección y respetabilidad.
Actualmente los trabajadores domésticos laboran bajo las mismas condiciones de esclavitud; la mayoría de ellos provienen de los lugares con mayor índice de pobreza; y desconocen sus derechos básicos; dejándolos así en el total desamparo y abandono laboral. Permitiendo así el abuso de sus empleadores.
En todo el mundo, cientos de miles de niñas y niños trabajan en el servicio doméstico, los cuales permanecen escondidos y se encuentran entre las personas más difíciles de censar. El Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil, de la Organización Internacional del Trabajo, nota que las estadísticas disponibles son “una indicación alarmante de la magnitud del fenómeno en todo el mundo”. Informa que alrededor de 175,000 niñas y niños menores de 18 años están empleados en el servicio doméstico en América Central. La mayoría de las trabajadoras y los trabajadores infantiles tienen entre 12 y 17 años; algunos tienen tan sólo 5 años. Se estima que hay más niñas menores de 16 años que trabajan en el servicio doméstico que en cualquier otra categoría de trabajo infantil.
Aun cuando la ley estipula que se deben adoptar medidas para asegurar que los trabajadores domésticos sean informados sobre sus condiciones de empleo de forma adecuada y fácilmente comprensible, mediante contratos escritos en conformidad con la legislación nacional o con convenios colectivos. En la práctica esto no sucede, Y al ratificar el Convenio 189, un país se compromete a aplicar todas las medidas y obligaciones que se establecen en él. No sólo basta con promulgarlo y adherirse a los estatutos de la Organización Internacional del Trabajo y esperar que, al día siguiente de su promulgación, se termine con la explotación y esclavitud de los trabajadores; es necesario transformar las leyes o incluso aprobar nuevas leyes, pero sobre todo es necesario cambiar las condiciones materiales que llevan a estas condiciones lamentables de trabajo.
La burguesía utiliza a un sector de los trabajadores domésticos para las labores en sus hogares, con las condiciones de desprecio, bajos salarios y discriminación que ya mencionamos, esto les ayuda a mantenerse en su estado de ocio y parasitismo. También un sector de la pequeña burguesía o incluso de la clase obrera con condiciones laborales un poco mejores, emplean a gente para el trabajo doméstico. No significa que todos ellos tengan las mejores condiciones laborales, a veces se ven forzados porque tienen que hacer largas jornadas y deben emplear parte de su salario para ello. Los extractos más bajos del proletariado no se pueden dar si quiera esos lujos. Mientras la gran burguesía puede sin problema deshacerse de las labores del hogar los trabajadores de una u otra forma seguimos atados a él. Se necesitan más que leyes para deshacernos de la esclavitud doméstica.
El trabajo doméstico nos muestra nuevamente la profunda diferencia que existe entre la clase burguesa y el proletariado; los intereses que defienden la clase burguesa siempre irán contra la clase trabajadora; tener que llegar a un Convenio Internacional para que respeten los derechos mínimos de las trabajadoras y los trabajadores domésticos, nos muestra el gran atraso en los derechos de los trabajadores. La bnurguesía se niega a dejar un mínimo de sus comodidades y beneficios en pro del proletariado; y es por ello por lo que debemos unirnos y organizarnos para poder salir y reclamar el cumplimiento irrestricto de todos nuestros derechos. Recordemos que ningún patrón o gobierno nos cede los derechos; es la clase trabajadora quién se los arrebata con la organización.
Se requiere la colectivización del trabajo doméstico para reducirlo a su mínima expresión, donde quienes realicen estas labores tengan buenas condiciones laborales y de vida. Hay que crear lavanderías y comedores públicos, a muy bajos costos para el trabajador que se paguen con las ganancias de los capitalistas. Hay que expropiar la gran propiedad privada de los medios de producción para reducir la desigualdad radicalmente. Hay que erradicar esta división de clases que permite la explotación y esclavitud es una de las tareas que debemos enfrentar para transformarnos cómo sociedad. Recordemos las palabras de Marx, pronunciadas durante la Liga de los Comunistas en 1850:
“Para nosotros no se trata de reformar la propiedad privada, sino de abolirla; no se trata de paliar los antagonismos de clase, sino de abolir las clases; no se trata de mejorar la sociedad existente, sino de establecer una nueva.”